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Corte de Arica confirmó la prisión preventiva de imputado por homicidio frustrado en el centro de la ciudad

La Corte de Apelaciones de Arica revocó hoy –miércoles 27 de enero– la resolución recurrida y confirmó la medida cautelar de prisión preventiva de Giordan Ebhner Anthony Torres Galleguillos, imputado por el Ministerio Público como autor del delito frustrado de homicidio simple. Ilícito que se habría perpetrado el 31 de diciembre pasado en el centro de la ciudad.

En fallo dividido (causa rol 20-2021), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Marcelo Urzúa Pacheco, José Delgado Ahumada y el abogado (i) Mario Palma Sotomayor– ordenó el ingreso en prisión preventiva de Torres Galleguillos, por considerar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.

“Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado y sin perjuicio de lo que se pueda debatir y resolver en el transcurso del procedimiento respecto de la calificación jurídica de los hechos, y en relación al requisito contemplado en la letra b) del Código Procesal Penal, ambas víctimas atribuyen participación en los mismos al imputado Ángel Gabriel Toledo Vergara como también a Giordan Ebher Anthony Torres Galleguillo, y respecto al consignado en la letra c) del referido artículo, teniendo en consideración la gravedad de la pena asignada al delito por el cual ha sido formalizado el imputado Giordan Ebher Anthony Torres Galleguillo, y que éste ha sido condenado anteriormente por delitos que merecen igual o mayor pena, según lo manifestado por el representante del Ministerio Público en estrado, SE REVOCA la resolución apelada de veintiséis de enero del año en curso, dictada en la causa RIT O-159- 2021, RUC N° 21000064631-6 del Juzgado de Garantía de esta ciudad, por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad”, consigna el fallo.

Decisión acordada con el voto en contra del ministro José Delgado Ahumada, quien estuvo por confirmar la decisión del Juzgado de Garantía de Arica “toda vez que no se da en la especie el requisito contemplado en la letra b) del artículo 140 del Código Procesal Penal para proceder a ordenar la prisión preventiva”.

“En efecto, todos los antecedentes que hasta el momento obran en la investigación dan cuenta que el autor del disparo que lesionó en la pierna a la víctima de iniciales J.C.V.P, es un ciudadano venezolano, Ángel Gabriel Toledo Vergara, el que actualmente se encuentra en prisión preventiva por esta causa, no existiendo antecedente alguno que involucre al imputado Torres Galleguillo en un concierto previo para la ejecución de dicha acción. Por lo tanto de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4° del Código Procesal Penal que contempla que ninguna persona será considerada culpable ni tratada como tal en tanto no fuere condenada por una sentencia firme, correspondía no decretar medidas cautelares en la especie, máxime considerando que en los antecedentes que obran en la carpeta investigativa, no existe alguno que dé cuenta que registra condenas previas. Finalmente en cuanto al supuesto delito de homicidio tentado que se le imputa los hechos que dan cuenta del mismo pudieran constituir un tipo penal de mucho menor entidad, por lo que la prisión preventiva decretada, en cualquier caso resulta desproporcionada”, razona el ministro disidente.

Según el ente persecutor, cerca de las 18.15 horas del 31 de diciembre de 2021, en la intersección de las calles General Velásquez y Maipú, lugar donde funcionaba una feria navideña, los imputados abordaron a la víctima de 20 años, ocasión en que Ángel Gabriel Toledo Vergara lo amenazó y extrajo una pistola disparándole en el muslo de la pierna izquierda. En tanto, Giordan Ebhner Anthony Torres Galleguillos también extrajo un arma de fuego apuntando a otras personas y amenazándolas con dispararles si intervenían. Posteriormente huyeron del lugar.

Debido a la lesión por arma de fuego, la víctima resultó con fracturas múltiples en fémur izquierdo.

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