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Carga familiar en salud: cualquiera de los cónyuges podrá ser carga del otro

De forma unánime, la Sala del Senado aprobó la tarde de este martes el proyecto que establece que mujeres y hombres, indistintamente, puedan ser carga de sus cónyuges para efectos de las prestaciones de salud que otorga la ley, tanto en el sistema público como en el privado (Fonasa e Isapres).


La iniciativa tiene por objeto establecer un correcto sentido en la aplicación de las normas sobre cargas familiares, a la luz del principio de igualdad ante la ley, permitiendo que no sólo la cónyuge sea causante de asignación familiar, sino que también pueda serlo el cónyuge, de forma recíproca, sin distinción alguna.


Según explicó el senador José Miguel Durana, esta moción pone fin a la arbitrariedad en que solo las mujeres eran las cargas, no habiendo razones para esta diferenciación, porque la sociedad cambió. “Este proyecto que fue despachado y quedó listo para ser ley contribuirá a concretar el principio de igualdad ante la ley, el cual se ve mermado en la actual legislación”; precisó.


En la actualidad, el cónyuge sólo puede ser causante de asignación familiar de la cónyuge, en los casos de invalidez, distinción que no existe respecto de las personas que han celebrado un acuerdo de unión civil, quienes pueden ser asignatarios recíprocos.

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